EMPLEADO PÚBLICO TEMPORAL, ¡¡HAZ VALER TUS DERECHOS!! - Ruiz Medina Garro Abogados
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EMPLEADO PÚBLICO TEMPORAL, ¡¡HAZ VALER TUS DERECHOS!!

En muchas ocasiones nos llega al Despacho casos de funcionarios interinos, estatutarios y laborales temporales, que se siente totalmente, atacados y desamparados por la manera de actuar de la administración pública de cara a los procesos de selección, para estabilización o de cobertura de plazas fijas en los que se ven inmersos, o bien, por la carencia de estos. En otras muchas ocasiones nos llegan casos de trabajadores, que tras muchos años de prestaciones de servicio en la administración, aun no tiene su plaza fija.

Por estas circunstancias y, dado el momento que estamos viviendo tras las reiteradas Sentencias del TJUE que han obligado a España a regularizar y a no abusar de la contratación temporal en la administración pública, nos ha llevado a especializarnos en el Despacho en materia de función pública y en concreto sobre los derechos que todo trabajador público, bien sea laboral temporal, estatutario o funcionario interino, pueda tener y hacer valer frente a la administración incumplidora.

En este sentido, han sido ya múltiples las Sentencia que se han obtenido con pronunciamientos favorables, declarando la fijeza de trabajadores temporales de la administración pública, en alguna de ellas, como la que se llevó en la Sección Segunda del Tribunal Superior de Justicia de Castilla la Mancha con sede en Albacete, en su Sentencia 14/2022, asunto llevado por el letrado Jorge Guzmán, en la cual, tras declarar nulo de pleno derecho un precepto de las bases de la convocatoria, y retrotraer las actuaciones, hizo que nuevamente nuestra clienta se tuviera que presentar al proceso de selección que había recurrido y ganado, en este sentido, volviéndose a quedar fuera de las plazas fijas por una mala ejecución de Sentencia por parte de la administración, dicho acto contrario a derecho, se recurrió por la vía contencioso administrativa, obteniendo una Sentencia pionera que declaró a nuestra clienta estatutaria fija con carácter retroactivo desde 2011 con todos sus efectos inherentes, obteniendo plaza en el destino que le habría correspondido en ese momento, por quedar probado que se vulneraron sus derechos fundamentales, en concreto los del art.14 y 23 de la Constitución Española.

En otra reciente Sentencia destacable por su singularidad, esta sobre una trabajadora estatutaria del SAS, nos llevó a presentar demanda en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo de Sevilla, recayendo en el Nº5 de los de esa ciudad, el que en su Sentencia 69/2022, falló a nuestro favor, habida cuenta que se logró probar que la plataforma donde se deben volcar los meritos profesionales no funcionó correctamente y de este modo, nuestra clienta se quedó fuera de las plazas fijas por un error informático, condenando al SAS, a tener que declararla como trabajadora fija, y darle destino donde le habría correspondido en su momento, con todos los efectos inherentes a dicha declaración.

Estos casos concretos y singulares, nos muestran la diversidad de situaciones que un trabajador temporal en la administración, a la hora de estabilizar su plaza o someterse a un proceso selectivo, puede verse en múltiples situaciones que por ser contrarias a ley, atenten contra el derecho que pueda tener en ese proceso, llevando a situaciones indeseables que finalmente le dejen fuera de la ansiada plaza fija que tantos años lleva esperando.

Por ello, sea cual sea la situación, no dudes en contactar con este Despacho, a fin de defender tus intereses.

Más si cabe, si siendo laboral temporal o funcionario interino, en este año 2023 aun no se ha convocado tu plaza o no se ha aprobado la OPE de estabilización.

Si te encuentras en esta situación, haz valer tus derechos, pues tras la publicación de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre de 2021, todas las administraciones públicas tiene la obligación legal de regularizar a sus trabajadores en fraude de ley, siguiendo las pautas del texto legislativo expuesto y a las reglas marcadas por la Secretaria de Estado de Función Pública. Reglas, que en muchas ocasiones no son respetadas, generando multitud de bases que pueden ser recurridas por ser Nulas de Pleno Derecho, u Ofertas Públicas de Empleo que no reflejan todas las plazas que han de regularizarse.

Así las cosas, si a fecha del presente, aun eres trabajador temporal, consulta con los expertos en función pública de este Despacho y analizaremos tu situación detenidamente. Nos avalan decenas de Sentencias favorables, frente a administraciones Públicas, especialmente en personal laboral temporal, donde se puede obtener la declaración, cuanto menos, de indefinidos no fijo por Sentencia y en algunas ocasiones de fijos, así como, en múltiples pronunciamientos Judiciales, se han conseguido declarar nulos de pleno derecho, ceses o despidos producidos por la administración pública, teniendo como causa la finalización de un contrato temporal.

En estas ocasiones es de vital importancia, llegar a tiempo y marcar una buena estrategia jurídico procesal, a fin de obtener los mejores resultados en un eventual pronunciamiento Judicial, y sobre todo, llegar en plazo para poder recurrir OPE, Bases o Convocatorias que pudieran ser contrarias a Ley y vulnerar tus derechos.

Si te encuentras en una situación similar a la que se describe en este artículo, o si reviste una especial complejidad, analizaremos tu caso con los letrados especialistas en función pública, haciendo un estudio y análisis detallado de tu situación profesional y valorando las eventuales acciones a iniciar.

RUIZ MEDINA GARRO ABOGADOS.



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